La provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en este Capítulo se castigarán con la pena inferior en uno o dos grados a la señalada al delito de que se trate.
art 168 cp
El artículo 168 está recogido en el Capitulo I del Título VI, del Libro II, del Código Penal español junto con: